La Declaración Universal de Derechos Humanos (DH) es un documento que sirve de plan de acción global para la igualdad, libertad, dignidad y paz, protege el derecho de todas las personas en todos los rincones del mundo. Sus inicios en 1946, contemplaron la redacción de un documento que sirvió de respuesta a los actos de barbarie ultrajantes a la humanidad. Este documento universal; fue adoptado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que acababa de establecerse el 10 de diciembre de 1948.

Siendo la primera y única vez que los países del mundo acuerdan por unanimidad en la asamblea general adoptar esta declaración de derechos que protege la libertad, igualdad, dignidad y PAZ.  El comité amplió posteriormente su redacción permitiendo su diversificación en el contexto religioso, político y cultural.  La Declaración Universal contiene 30 artículos que son, derechos y libertades inalienables pertenecientes a los seres humanos que poblamos el planeta Tierra. Actualmente, esta Declaración Universal sigue siendo el documento vivo más traducido en el mundo.

Este legado  nos reta a pasar a la ofensiva y exige que resistamos los ataques globalizados, localizados contra nuestros derechos. Pero también nos pide que alteremos la construcción de órdenes mundiales que reproducen privilegios e injusticias que violan derechos y silencian a quienes los defienden; y que transformemos la gobernanza mundial Re imaginando, innovando y liderando.  ¿PORQUÉ ESTÁ CONCEBIDO?  Porque por primera vez, el mundo tiene un documento acordado globalmente que señala que los seres humanos somos libres e iguales con independencia de sexo, color, creencias, religión u otras características.

¿QUÉ ESTÁN HACIENDO LAS INSTITUCIONES DEFENSORAS DE LOS DERECHOS HUMANOS ANTE TANTAS MASACRES Y CRÍMENES EN LAS CALLES Y CÁRCELES DEL ECUADOR?

¿SE PRONUNCIARON ALGUNA VEZ POR EL GENOCIDIO ISRAELÍ EN PALESTINA?

                   ¡ESPERAMOS RESPUESTAS!

                            30 DERECHOS UNIVERSALES INALIENABLES.

Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos.

  1. Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos.

  2. Todas las personas somos iguales sea cual sea nuestro origen, etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición.

  3. Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y su seguridad personal.

  4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

  5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

  6. Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica: es decir, a ser tenido en cuenta por las leyes nacionales e internacionales.

  7. Todos somos iguales ante la ley y tenemos derecho a igual protección de la ley sin discriminación alguna.

  8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

  9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

  10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída y juzgada por tribunales independientes e imparciales.

  11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma Sin injerencias arbitrarias en la vida privada, familia, domicilio o correspondencia, ni ataques a la honra o a la reputación.

  12. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

    1. Toda persona tiene derecho a buscar y disfrutar de asilo en cualquier país en caso de persecución.

    2. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

    3. Los hombres y mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia.

    4. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual o colectivamente.

    5. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

    6. Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.

    7. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

    8. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.

    9. Toda persona tiene derecho a la seguridad social, a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables para su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

    10. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

    11. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

    12. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, incluyendo alimentación, vestido, vivienda, atención médica y los servicios sociales necesarios. El Estado tiene la responsabilidad de asegurar estos derechos.

    13. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental.

    14. Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

    15. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

    16. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

    17. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.