La Declaración Universal de Derechos Humanos (DH) es un documento que sirve de plan de acción global para la igualdad, libertad, dignidad y paz, protege el derecho de todas las personas en todos los rincones del mundo. Sus inicios en 1946, contemplaron la redacción de un documento que sirvió de respuesta a los actos de barbarie ultrajantes a la humanidad. Este documento universal; fue adoptado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que acababa de establecerse el 10 de diciembre de 1948. Siendo la primera y única vez que los países del mundo acuerdan por unanimidad en la asamblea general adoptar esta declaración de derechos que protege la libertad, igualdad, dignidad y PAZ. El comité amplió posteriormente su redacción permitiendo su diversificación en el contexto religioso, político y cultural. La Declaración Universal contiene 30 artículos que son, derechos y libertades inalienables pertenecientes a los seres humanos que poblamos el planeta Tierra. Actualmente, esta Declaración Universal sigue siendo el documento vivo más traducido en el mundo. Este legado nos reta a pasar a la ofensiva y exige que resistamos los ataques globalizados, localizados contra nuestros derechos. Pero también nos pide que alteremos la construcción de órdenes mundiales que reproducen privilegios e injusticias que violan derechos y silencian a quienes los defienden; y que transformemos la gobernanza mundial Re imaginando, innovando y liderando. ¿PORQUÉ ESTÁ CONCEBIDO? Porque por primera vez, el mundo tiene un documento acordado globalmente que señala que los seres humanos somos libres e iguales con independencia de sexo, color, creencias, religión u otras características. ¿QUÉ ESTÁN HACIENDO LAS INSTITUCIONES DEFENSORAS DE LOS DERECHOS HUMANOS ANTE TANTAS MASACRES Y CRÍMENES EN LAS CALLES Y CÁRCELES DEL ECUADOR? ¿SE PRONUNCIARON ALGUNA VEZ POR EL GENOCIDIO ISRAELÍ EN PALESTINA? ¡ESPERAMOS RESPUESTAS! 30 DERECHOS UNIVERSALES INALIENABLES. Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. Todas las personas somos iguales sea cual sea nuestro origen, etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o cualquier otra condición. Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y su seguridad personal. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica: es decir, a ser tenido en cuenta por las leyes nacionales e internacionales. Todos somos iguales ante la ley y tenemos derecho a igual protección de la ley sin discriminación alguna. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída y juzgada por tribunales independientes e imparciales. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma Sin injerencias arbitrarias en la vida privada, familia, domicilio o correspondencia, ni ataques a la honra o a la reputación. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. Toda persona tiene derecho a buscar y disfrutar de asilo en cualquier país en caso de persecución. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. Los hombres y mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual o colectivamente. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos. Toda persona tiene derecho a la seguridad social, a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables para su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, incluyendo alimentación, vestido, vivienda, atención médica y los servicios sociales necesarios. El Estado tiene la responsabilidad de asegurar estos derechos. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. Navegación de entradas UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DEL ECUADOR ENCIENDE ÁRBOL NAVIDEÑO. UBE RECIBE GALARDÓN MUNDIAL DE CIENCIAS. «Eureka 2024» en el CICPE 2024.