La ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo  publicada el 20 de diciembre del 2023 en el Registro Oficial,  entró en vigencia inmediata. Siendo la primera Ley  del gobierno de Daniel Noboa que busca generar inversiones y con ello empleo  para los jóvenes. El proyecto original tuvo varias modificaciones durante su debate en la Asamblea Nacional que la aprobó con 107 votos el martes 19 de diciembre.

Las 149 páginas de esta ley constan en el primer suplemento n. 461. Este es un ejemplo de la nueva ley:

                   Contratación de jóvenes

La deducción adicional de impuesto a la renta propuesta para quienes contraten a jóvenes de entre 18 y 29 años de edad será del 50 % respecto del gasto de sueldos e incluye la contratación de personas obligadas a pagar pensiones alimenticias.

La deducción será del 75 % si las nuevas plazas de trabajo son para jóvenes de esas edades graduados o egresados de universidades públicas e institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores o de instituciones educativas públicas, municipales o fisco misionales

RÉGIMEN DE REMISIÓN DE INTERESES Y MULTAS

Así mismo  esta ley; estableció el régimen  de remisión de intereses  multas y obligaciones tributarias  que estaría vigente hasta el 19 de mayo de 2024. No obstante se modifica la duración de este régimen de remisión y algunas de sus características. A continuación presentamos un resumen de las principales modificaciones:

Los contribuyentes que paguen total o parcialmente las obligaciones tributarias generadas hasta el 31 de diciembre de 2023, gozarán de la remisión del 100% de intereses, multas y recargos.

El régimen inicialmente previsto solamente permitía la remisión en caso de pagos totales.

El plazo máximo de pago el 31 de julio de 2024.

 Reglas aplicables:

Si el contribuyente hubiese realizado pagos previos a la entrada en vigencia de la ley:

Si los pagos sumados equivalen al capital de la obligación, quedarán remitidos los intereses, multas y recargos, restantes.

Si estos pagos no cubren la totalidad del capital de la obligación, el contribuyente podrá acogerse a la remisión por el saldo pendiente.

El plazo máximo de pago es de 150 días desde la publicación de la ley.

Si el pago fuese parcial, no aplicará la remisión.

Si el contribuyente hubiese realizado pagos previos a la entrada en vigencia de la presente ley, se aplicarán las siguientes reglas:

Cuando los pagos previos alcanzaren a cubrir la totalidad del saldo del capital de las obligaciones, quedarán remitidas; y,

Cuando los pagos previos no alcanzaren a cubrir la totalidad del saldo del capital de las obligaciones, el contribuyente podrá cancelar la diferencia total con remisión.

Si existen procesos pendientes en sede administrativa, judicial, constitucional, arbitral o de la facultad de transigir, los contribuyentes además deberán desistir.

Los contribuyentes que se acojan a la remisión no podrán presentar acciones o recursos relacionados con las obligaciones tributarias abordadas por esta remisión.

 LOS GAD  Y EMPRESAS PÚBLICAS

Los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) y empresas públicas podrán disponer la remisión del 100% de intereses, multas y recargos, incluido el impuesto al rodaje.  Deben emitir una ordenanza en 45 días y el plazo máximo de pago es de 150 días desde la publicación de la ley.

El Gobierno Autónomo Descentralizado, municipal del Cantón Durán dando cumplimiento a la ley Orgánica de eficiencia  económica y generación de empleo vigente, y de acuerdo con el régimen de remisión de intereses y multas. Expide la ordenanza municipal en sesión ordinaria 007 del 16 de febrero 2024 que elimina el pago de intereses sobre tributos con  la municipalidad y todas sus         empresas públicas  adscritas.

Se define como Remisión;  el perdón o condonación de una deuda que el acreedor hace a su deudor. En otros términos, puede decirse, que es la renuncia o el abandono de sus derechos por parte del acreedor. Remite una deuda el que la perdona, el que  da por cancelado  su crédito.